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Complicado estar juntas... Mi caso...

sfng
    sfng

    Bueno para quien no me conozcais...

    Mi nombre es Katia y mi novia es Colombiana y yo Española... , ella reside en Colombia y pues nuestro único deseo es estar juntas y formar una familia... casarnos.

    A España por ahora no es viable que venga, ya le hemos pedido el visado y se lo denegaron.

    En Colombia no existen los matrimonios homosexuales.

    Pensamos en casarnos en el consulado español en Colombia, se supone una prolongación de España y sus leyes, peeeeeeeero ya lo pregunte lo de casarnos en Colombia, por temas diplomáticos, no casan en consulados a personas homosexuales si el país de por si no lo hace.

    Lo puedes leer aquí: http://www.maec.es/SUBWEBS/CONSULADOS/BOGOTA/ES/MENUPPAL/REGISTROCIVIL/PREGUNTASFRECUENTES/Paginas/Preguntasfrecuentes_bogota.aspx

    Cito textualmente (esta en preguntas frecuentes dentro de la pag del consulado español en Bogota):

    ¿Me puedo casar en el Consulado con una persona de mi mismo sexo?

    El Encargado del Registro Civil Consular no puede autorizar el matrimonio entre personas del mismo sexo cuando las Leyes del Estado receptor (como en el caso de Colombia) se opongan a la celebración de este tipo de matrimonios.

    Así que decidimos buscar otras vias, la que más viable vimos fue casarnos en el consulado español en Buenos Aires, ya que es un país que Johana, mi chica, puede ir solamente con su pasaporte, sin tramites y yo obvio, también.

    Pero antes lo hemos consultado con un abogado, su respuesta:

    El Consulado español en Buenos Aires no tiene obligación de casaros si ninguna de las dos tiene residencia en Argentina. Podría hacerlo, si quisiera, pidiendo permiso al Juez encargado del Registro civil del domicilio de la residente en España. Pero es un favor que no sé si os va a hacer el Cónsul español. Intenta hablar con él directamente y dale los detalles exactos de vuestra situacion de residencia, tú en España y ella en Colombia. Si teneis acceso a las autoridades del Ministerio de Exteriores español que puedan hacer la presentación al cónsul, mucho mejor y más posibilidades de éxito. Lo habitual es que los Consulados se niegan a casar cuando no estan obligados a hacerlo.

    La anterior sería, sin duda, la opción más rápida. Las otras que teneis rondan todas ellas, en el mejor de los casos rondan los 15 meses de espera (en ocasiones más), y os las voy a explicar. En cualquier caso os recomiendo, haciendo énfasis en ello, que os oriente desde el primer momento desde los primeros trámites un abogado especialista en extranjería y en registro civil, porque los consulados españoles, en materia de matrimonio con extranjeros extracomunitarios, no son hermanas de la caridad y de la buena fe saben, pero de oidas.

    Matrimonio por poderes. Tu mujer debe otorgar un poder de representación a alguien en España para otorgar en su nombre el consentimiento matrimonial. El expediente de matirmonio se hace ante el registro civil de tu domicilio en españa. Inconvenientes: 1) El consulado en Colombia podría ser de los que dicen que eso no se puede (información opuesta a la verdad), pero aún así sería un obstáculo salvable. 2) En el expediente matrimonial se hará entrevista a los contrayentes, a ti en el registro en España (relativamente rápido) y a ella en el consulado español en su país; aquí está el mayor obstáculo: el de colombio no lo sé con certeza, pero suele retrasar (porque quieren) las entrevistas y devolución al registro en España entre 12 y 18 meses (repito, porque les da la gana de retrasarlo). Si no se opone el fiscal a celebrar el matrimonio, lo que podeis evitar aportando pruebas a que teneis "relación personal", despues que la española y el, o la, apoderado por la otra contrayente celebren el acto de matrimonio, ya faltará poco para que os podais juntar en españa, previo pedir visado para ella. REPITO: Para no dar pasos erroneos, que os oriente un abogado todo el proceso.

    PARALELAMENTE no descarteis de volver a pedir un visado de estancia con invitación, con iguales garantias económicas y de retorno que en el que os denegaron. La denegación, si se produjo tal como explicaste, podía haber sido recurrida ante el TSJ Madrid porque, salvo lo que resultase de las pruebas de que dispusieras, parecía un caso sólido con opciones a que resultase favorable. Inconveniente: Si hay que acudir a los tribunales, alrededor de 15 meses de espera para la sentencia.

    Teneis el inconveniente, entiendo, que Colombia no casa a personas del mismo sexo. Ella podría pasar a residir en un país vecino al suyo que no ponga limitaciones a los colombianos para residir y de ahí ya el consulado español en el país, acreditada la residencia en el país, casaría. Inconvenientes: 1) Encontrar el país y la forma de residir; 2) La demora que le imponga el consulado para las entrevistas del expediente matrimonial y celebración del matrimonio, que problamente querrán que sea no menos de 12 a 15 meses.

    En todos los cosas el pricipal inconveniente tiene su causa en la política española de evitar los matrimonios de conveniencia, que pasa porque los consulados, sea como sea que intervengan en un matrimonio con un extracomunitaria al que se le exija visado, imponen alrededor de 15 meses de espera, bien en el matrimonio por poderes en España, bien al registrar el matrimonio. No tengo información de casos de matrimonio celebrado en un consulado, pero dudo que sean más generosos por esta vía que por las demás.

    SI SEGUIS ADELANTE CON EL MATRIMONIO EN EL CONSULADO EN BUENOS AIRES, preguntad hasta la saciedad el tiempo de tramitación del expediente matrimonial y el tiempo de espera hasta tener cita para la celebración del otorgamiento del consentimiento matrimonial; los consulados no suelen explicar de primeras los inconvenientes de las esperas que os vais a encontrar.

    IMPORTANTE TAMBIEN: Recopilad pruebas de que teneis relación personal, testigo que hagan declaración ante notarios, familiares igualmente, dando juramente del tiempo de que os conoceis ni que sea por internet o teléfono, de dónde y cómo os conocisteis.

    No intenteis hacerlo por vuestra cuenta sin la orientación paso por paso de un abogado. La denegación de visado podía haber sido recurrida y quizás ahora ya tendríais unos meses avanzados de esos aprox. 15 meses que requiere que un juez o tribunal diga que el consoludado tenía que hacer tal o cual cosa, (expedir visado, por ejemplo); porque el problema basico está siempre en que los "errores" en aplicar la ley de los consulados tardan meses en que puedan ser corregidos por los jueces.

    En vuestro caso particular, debido a que Colombia al parecer no os quiere casar, mi opinión es que la vía con mejores opciones de éxito es la del visado con invitación y posterior recurso judicial, si hubiera denegación; siempre y cuando la solicitud de visado se haga con la orientación de un abogado, para no caer en los "trucos" que algunos consulares usan para evitar que despues les ganen la denegación ante los tribunales.
    Si no fuera así, el matrimonio en un pais que os deje entrar y os case y despues pedir la inscripciór en el registro civil a traves del consulado podría ser también opción, tambien con pruebas de relación personal y la orientación de un abogado para evitar caer en los truquillos de los consulares que hacen que puedan retrasar a su voluntad las inscripciones. Pero se trata también de un procedimiento sobre la raya de los 15 meses.

    Esa son todas las opciones que tenemos, sin contar que por ejemplo dictaminen que es un matrimonio de conveniencia (porque sí que desgraciadamente y viendo otros casos es muy común) y tengamos que apelar, lo que nos puede llevar años.

    Yo solo quiero formar una familia con ella, estar juntas... casarnos como todo el mundo... suspiro...

    Ya os contare qué decidimos, en junio voy a verla y ya con las opciones (y sobretodo el presupuesto) en la mesa, decidiremos.

    Un saludo.

    sfng
      sfng

      Bueno como me comentaba que el visado era recurrible (fue un visado de turista que en su dia nos negaron) le pregunte como seria al abogado, ya que ciertamente teniamos todo en regla, por lo cual debieron concernoslo. Su respuesta:

      El visado debería ser, salvo en los días exactos que eso ya es
      imposible, por la cantidad de días para la que fue solicitado. El
      papeleo para visado no sería adicional, porque ya lo presentasteis en su
      día y lo único que falto fue expedir el visado. Precisamente lo que se
      recurrirá es que con esos papeles presentados debía expedirse y por
      consiguiente que se expida.

      Si la decisión es favorable a la revisión, una vez se expida el visado,
      es decir, que se ponga el sello en su pasaporte, tendrá 2 meses para
      entrar en España y a partir de que entre empezará a contar el tiempo de
      visado (los 40 días, si el caso).

      El recurso no se va a resolver ni en 2 ni 3 meses. Es bastante probable
      que haya que acudir a los tribunales, (estimado, 15 meses).

      Así que será entonces cuando debáis preocuparos por los medios
      económicos, porque será al cruzar la frontera cuando se los puedan
      pedir, pero para entonces, igual que tu familia la avaló para las
      navidades, lo pueden seguir avalando, pero al Consulado no habría que
      aportar ningún documento más.

      Quizás esto no os interese, si ya habéis hecho planes alternativos.
      Conozco lo que se pasa esperando que tal o cual institución conteste a
      tal o cual escrito. A veces es mejor optar por el camino menos combativo
      y más tranquilo, y esperar que las cosas se arreglen por si solas, o que
      en Colombia se admita el matrimonio homosexual, o iros a residir a
      Buenos Aires, que a ti siendo española no creo que te pongan muchos
      obstáculos a darte la residencia y después casaros ahí sin que puedan
      impedirlo los del consulado.

      apeabril
        apeabril

        Ya sólo leyendo todo este embrollo{#confused2.gif}, es una gran putada que se tenga que liar tanto y tantos problemas para que dos personas estén juntas, es de verdad incomprensible que por culpa de los que hacen las leyes sean tan evidente que somos personas no ya de segunda sino de tercera por nuestra orientación, espero de verdad que tú y  tu xica podáis no sólo estar juntas sino casaros dónde y cuando queráis, me da la impresión de que eres una persona decidida y tozuda y q no vas a desfallecer en el intento, te doy todo mi apoyo y desearos que vuestro sueño de formar una familia se cumpla muy pronto. Besotes

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