Deniegan a una lesbiana inscribirse como madre de la hija de su pareja

El Registro Civil de Barcelona ha denegado a una lesbiana registrar a la hija biológica de su pareja, concebida mediante fecundación asistida. El Grupo de Lesbianas Feministas denunciará el hecho, que considera discriminatorio con respecto a los derechos de las parejas heterosexuales.

El Grupo de Lesbianas Feministas (GLF) de Barcelona ha denunciado que el Código de Familia de Cataluña no permite que una lesbiana pueda reconocer como hijo suyo a aquel nacido mediante fecundación asistida de su pareja. De esta manera, la única opción para las mujeres lesbianas en esta situación es que la madre no biológica solicite la adopción del recién nacido.

El GLF denunció este martes que las dos mujeres, Montse y Marta, recurrirán la denegación ante la Dirección General de Registros y Notariados, ya que la ley sí permite a los hombres el reconocimiento del hijo fecundado artificialmente por una mujer.

El artículo 97.1 del Código de Familia de Cataluña establece que "los hijos nacidos a consecuencia de fecundación asistida de la madre se considerarán hijos del hombre que la ha consentido previamente en documento público".

Discriminación respecto a los heterosexuales

Según el GLF, "este hecho representa una discriminación con respecto a las parejas heterosexuales que utilizan técnicas de reproducción asistida, en las que el hombre es reconocido como padre sin necesidad de que tenga que adoptar al niño".

"Esto, además de ser una discriminación con respecto a las parejas heterosexuales, comporta numerosas discriminaciones en la vida cotidiana, como que el trámite de adopción dura tres o cuatro meses, la madre no biológica no tiene derecho del permiso laboral de nacimiento ni a compartir el permiso de maternidad", ha denunciado el GLF en un comunicado.

El Grupo de Lesbianas Feministas asegura que antes del verano, cuando la Generalitat tramitó la reforma del Código de Familia en relación a la adopción, tutelas y sucesiones, solicitaron la modificación del artículo 97.1 para que sustituyera "hombre" por "hombre o mujer", pero su petición no fue atendida.

Las dos lesbianas a las que el Registro Civil de Barcelona denegó su petición el pasado viernes han explicado que presentarán un recurso "porque consideramos que tenemos derecho a ser reconocidas como madres en las mismas condiciones que una pareja heterosexual que esté en nuestra situación y para hacer visible que las lesbianas continuamos discriminadas legalmente pese a los recientes cambios legislativos".

Montse y Marta, pese a todo, se consideran ambas madres de la pequeña Jana, nacida hace pocos días mediante técnicas de reproducción asistida, y han recibido el apoyo del GFL, que prepara una concentración para denunciar esta situación de discriminación.

Comentarios

vircoph

vircoph

8 de September de 2005 a las 13:37

El artículo 97.1 del Código de Familia de Cataluña establece que "los hijos nacidos a consecuencia de fecundación asistida de la madre se considerarán hijos del hombre que la ha consentido previamente en documento público".

¿Me lo parece a mi... o esto es machismo? ¿Por que tiene que ser "hijo del hombre", cuando es la mujer la que pare? Acaso ahora, si tu recurres a un banco de esperma para tener un hijo por medio de metodos de fecundación asistida, ¿tu hijo no es tuyo sino del hombre del que procede el semen?

Inaudito.

Envía tu comentario

Responsable: Lesbian Lips. Finalidad: prestar el servicio solicitado. Duración: mientras se mantenga la relación comercial u obligación legal. Destinatarios: no se cederán datos a terceros, salvo obligación legal. Derechos: acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, portabilidad. Más información en nuestra política de privacidad.



Datos obligatorios

Login

¿Olvidaste la contraseña?