Modelo de carta para apostatar
Sobre la apostasía
La apostasía es la renuncia a la fe cristiana recibida por medio del bautismo. Es decir, el abandono explícito y voluntario de los dogmas y creencias de la Iglesia que, se supone, son infundidos durante el "sacramento" del bautismo por la "gracia" del Espíritu Santo, independientemente de que en ese momento el interesado pueda no tener consciencia de ello, ni posea capacidad crítica para decidir si deseará o no algún día abrazar libre y voluntariamente dicha fe. Por extensión la apostasía también puede considerarse en general como el abandono de la fe o de la religión que se profesa.
La declaración de apostasía es el único medio que la Iglesia Católica reconoce para que una persona bautizada deje de pertenecer a ella de forma voluntaria, ya que el apartamiento de la práctica religiosa en ausencia de una manifestación formal de rechazo de la fe no comportaría para la Iglesia ninguna situación especial -de hecho es algo bastante común hoy en día-, y por otro lado la expulsión de la Iglesia del interesado por parte de las autoridades eclesiásticas sin ser solicitada no constituye apostasía, sino excomunión.
La posibilidad de ejercer la apostasía, al margen de la opinión que pueda merecer a la Iglesia, no debe comportar para el interesado ninguna consecuencia legal, ya que se trata de un derecho implícitamente reconocido tanto en la legislación internacional como en la nacional:
Artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948: - Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia.
Artículo 9, párrafo 1, del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de 1950: - Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho implica la libertad de cambiar de religión o de convicciones.
Artículo 10, párrafo 1, sobre Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 2000: - Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de cambiar de religión o de convicciones.
Artículo 2, párrafo 1a, de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980: - La libertad religiosa y de culto garantizada por la Constitución comprende, con la consiguiente inmunidad de coacción, el derecho de toda persona a: Profesar las creencias religiosas que libremente elija o no profesar ninguna; cambiar de confesión o abandonar la que tenía, manifestar libremente sus propias creencias religiosas o la ausencia de las mismas, o abstenerse de declarar sobre ellas.
Para apostatar
La apostasía no tiene ningún valor legal ni debe comportar ninguna consecuencia para el interesado, pues en definitiva se trata de un simple trámite para darse de baja de una organización privada; pero para que sea reconocida por la Iglesia Católica hay que efectuarla por medio de algún procedimiento que sea suficientemente explícito y adecuado.
Es muy aconsejable entregar en mano el documento en la Secretaría del Obispado y solicitar que sellen como recibido (con sello oficial y reseñando la fecha de recepción) una copia o fotocopia del escrito. En caso de negarse, algo que es muy común, puede hacerse llegar el documento hasta el obispo requerido mediante dos sistemas excelentes que certifican el acuse de recibo del contenido exacto y total del escrito. 1) Mediante un burofax, que tiene un precio muy razonable (si no se conoce el sistema, puede obtenerse información en cualquier oficina de Correos). 2) Mediante un requerimiento notarial (que puede hacerse ante cualquier Notaría, pero es un proceso algo más caro y exige dedicarle más tiempo).
Circulan diversos modelos de carta para efectuar la solicitud de apostasía. Para la Iglesia Católica recomendamos el que sigue a continuación, pero también es posible encontrar otros distintos e igualmente válidos en otras páginas web sobre este tema que indicamos al final. En cualquiera de esos modelos podemos exponer los motivos personales que nos llevan a efectuar la declaración de apostasía -nosotros aconsejamos mostrarse contundentes pero respetuosos-, pero lo realmente importante es dejar bien claro nuestro rechazo a la fe cristiana. Es recomendable añadir junto al formulario de declaración una fotocopia del DNI, e indicar alguna dirección u otra forma de contacto, sea teléfono, fax o e-mail. También puede ser útil conseguir una copia de la partida de bautismo, donde constará el nombre de la parroquia y la fecha exacta del bautizo. En caso de que no se conozca la parroquia puede ser de utilidad indicar la fecha aproximada del bautizo y la población donde se realizó
Se puede consultar la lista completa de las diócesis de España con sus direcciones postales, direcciones de correo electrónico y nombres de los obispos titulares para poder tramitar la declaración de apostasía, directamente en la Conferencia Episcopal Española por teléfono: 91 343 96 00, o bien a través de su página web: http://www.conferenciaepiscopal.es/diocesis/diocesis.htm
Para saber si la Iglesia nos ha reconocido la condición de apóstata
Aunque el proceso puede variar significativamente de una diócesis a otra es bastante habitual que de entrada no haya ninguna respuesta a nuestra solicitud. En ese caso puede ser recomendable insistir un poco, interesándose por teléfono o por e-mail sobre el estado de la misma. Por lo general, cuando finalmente se produce la respuesta, es para verificar la autenticidad de la solicitud y aprovechar la circunstancia para proponer al interesado un encuentro. y tratar de convencerlo de que renuncie a sus pretensiones.
Lo más práctico, si se plantea el caso, es sencillamente negarse en redondo a mantener ningún encuentro y reafirmar nuestro derecho y nuestra decisión de apostatar, con lo cual suelen darse por vencidos y tramitar finalmente la solicitud. En ocasiones pueden notificar por escrito la condición de apóstata pero en otras no; en cualquier caso, transcurrido un plazo prudencial a juicio del interesado, es recomendable acudir a la parroquia donde se recibió el bautismo y comprobar si en el margen de observaciones (datos marginales) han anotado nuestra voluntad de apostatar. En caso de que no sea así podemos repetir nuestra visita después de cierto tiempo. Si continuasen sin reconocer nuestro deseo de apostatar podríamos recurrir a una declaración notarial que tendría validez civil al margen de lo que opinase la Iglesia.
En caso de que finalmente no sea atendida nuestra solicitud o de que estemos interesados en la supresión de todos nuestros datos de los registros de la Iglesia también podemos exigir la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que obliga a cualquier organización, iglesias incluidas, a eliminar de sus archivos toda referencia sobre datos personales y privados sencillamente con la petición en ese sentido por parte del interesado, máxime cuando la información objeto de la demanda pudiera ser calificada como "sensible". Si se produjera por parte de la Iglesia una negativa u omisión de esta obligación recomendamos asesorarse legalmente y actuar con cautela, por si fuese necesario emprender acciones legales en los tribunales para conseguir nuestro objetivo.
Modelo de carta para solicitar la declaración de apostasía
Rellene los espacios en blanco y envíe el siguiente formulario al obispo de su diócesis.
Pueden eliminarse o añadirse argumentos a medida en el apartado segundo, según cada situación particular.
DECLARACIÓN DE APOSTASÍA
Al Obispo D. ............... titular de la diócesis de ...............
Yo, D. ................., con DNI n.º ..............., mayor de edad y residente en la población de ....................., que según le consta fue bautizado el día ... de ............... de ..... en la parroquia de ................... perteneciente a la diócesis indicada, actuando en nombre e interés propio y hallándose en pleno uso de su libre y espontánea voluntad
MANIFIESTA:
Primero
- Que, no habiendo encontrado en el Derecho Canónico procedimiento alguno establecido para la tramitación del presente escrito, lo dirijo al Obispo diocesano por las consideraciones siguientes:
- Que el cánon 393 del Código de Derecho Canónico dispone que "El Obispo diocesano representa a la diócesis en todos los negocios jurídicos de la misma".
- Que el cánon 383.1, establece que "Al ejercer su función pastoral, el Obispo diocesano debe mostrarse solícito con todos los fieles que se le confían (...), así como a quienes se hayan apartado de la práctica de la religión".
- Que el cánon 369 define la diócesis como "una porción del pueblo de Dios cuyo cuidado pastoral se encomienda al Obispo con la cooperación del presbiterio, de manera que, unida a su pastor y congregada por él en el Espíritu Santo mediante el Evangelio y la Eucaristía, constituya una Iglesia particular, en la cual verdaderamente está presente y actúa la Iglesia de Cristo una, santa, católica y apostólica".
Segundo
- Que en su día fui bautizado en la fe católica como consecuencia de una decisión tomada por otras personas sin que en ese momento, a causa de mi edad, mediara en modo alguno la participación de mi propia voluntad, y sin que dispusiera de libertad ni conciencia suficientes para emitir un juicio sobre mis convicciones personales.
- Que tras haber meditado durante el tiempo suficiente sobre el significado de mi pertenencia a la fe Católica no hallo ningún pretexto para continuar perteneciendo a la Iglesia Católica, entrando mi voluntad en contradicción con la adscripción a esta institución.
- Que la fidelidad a la propia conciencia es un derecho constitucional inalienable reconocido por la legislación mediante el artículo 16 de la Constitución Española, a la cual ninguna entidad privada o pública puede oponerse.
- Que, por tanto, rechazando totalmente la fe cristiana, me considero incurso en apostasía tal y como la define el cánon 751 del Código de Derecho Canónico, por lo que
SOLICITO:
Me sea reconocida por la Iglesia la condición de apóstata, dejando de contarme entre sus fieles y de considerarme católico a todos los efectos -incluso los estadísticos-, incluyendo, si procediera, la oportuna anotación de apostasía en el Libro de Bautismos y cualesquiera otros registros eclesiásticos.
En .......... , a .... de ......... de ....
Firmado:
EL APÓSTATA
Comentarios
nadia_les
9 de January de 2006 a las 05:33
shane_s_babe
15 de December de 2005 a las 02:11
la iglesia católica va en contra de todos los principios indicados por la biblia... y nadie tiene derecho a jzgarte sino DIOS, que por eso vendrá en el final de los tiempos..... el solo dijo amense los unos a los otros... y creo que la toleranciay el respeto forma parte de lo que DIOS tiene pensado por amor....
La iglesia católica es referida en la biblia como LA GRAN RAMERA... y está llena de idolatría y dioses paganos.....
renuncia a la iglesia católica.... y sigue los pasos de JESUCRISTO!!!
Lee la biblia para que no te engañen....Jesucristo es la luz y la vida....y el único camino a la salvación... no renuncies a ÉL porque el no renunció a ti....
besos y ojalá sigan mi consejo.
tes
10 de December de 2005 a las 20:51
ya tenia pensado hacerlo hace tiempo pero me faltaba justo un modelo de carta como el que poneis,no ssabia a quien me tenia que dirigir.
Gracias......................
carmenpoli
24 de September de 2005 a las 18:25
gisolin
11 de August de 2005 a las 21:20
chanzon
22 de July de 2005 a las 03:09
lucia
23 de June de 2005 a las 23:41
CAMPAÑA DE APOSTASIA DE COGAM:
Por si os interesa, creo que unidas podemos tener mas efectividad y repercusión mediatica.
APOSTASÍA
El día 08/07/04 los miembros de la Comisión de Derechos Humanos de COGAM entregamos en el arzobispado de Madrid más de 1500 apostasías recogidas en los tres meses de campaña, muestra evidente de la existencia de una amplia demanda social de libertad para poder salir de una organización como la Iglesia Católica.CONTINÚA LA CAMPAÑA
Su postura misógina, machista, clasista y homófoba así como su permanente cruzada contra los avances científicos y sociales (recordamos la democracia, el divorcio o actualmente la investigación con células madre, los métodos anticonceptivos y el uso del preservativo) en una obcecada y obsesiva defensa de sus anacrónicos dogmas de fe son razones bastantes para abandonarles, para no ser parte de la coartada estadística que mantiene su desproporcionada y privilegiada financiación por parte del Estado, para dejar de ser un cómplice pasivo de la sinrazón. Sin embargo, la Iglesia Católica ni siquiera ha concebido jamás la osadía de que alguien opte libremente por no estar en sus listas, de que más allá de la manipulación de recién nacidos existimos también como ciudadanos adultos de pleno derecho y por eso no ha habilitado la forma de manifestar publica y oficialmente dicha adhesión o la ausencia de ella. Dicho de otro modo, no es posible dejar de ser católico, no es posible borrar el bautismo (Dios no lo permite). Nosotros, en cambio, pensamos que en un Estado de Derecho la Iglesia Católica debe ajustarse a la ley y en este caso nos ampara la LO 15/99 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y por eso hemos diseñado esta campaña.
Bájate ahora tú solicitud, rellénala con tus datos y envíala por correo ordinario, por fax al 91 524 02 00, escaneada por e-mail o acércate tú mism@ a COGAM. Necesitamos el original firmado para llevarlo en persona al arzobispado, no importa de la ciudad que seas. Cuantas más reunamos mejor.
Ahora tú puedes posicionarte en contra de su machismo, de su homofobia y de su paranoica batalla al progreso social y científico... ¡qué no cuenten contigo!.
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