El Reino Unido, Alemania y España impidieron esta semana que se extendiera de tres a seis meses el período de residencia legal que un ciudadano de la Unión Europea podrá tener en otro Estado miembro, informaron fuentes del Consejo de la UE que participan en el Consejo de Competitividad.
Se debatía la directiva sobre los derechos de la familia a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, cuya propuesta fue calificada por los tres países como "inaceptable" en los términos en los que estaba redactada. Además, Irlanda y Austria expresaron sus temores de que la definición de familia pudiera abrir la vía a un reconocimiento de las parejas de hecho o al matrimonio entre homosexuales. Después de casi una hora de negociaciones técnicas, los Quince pudieron alcanzar un acuerdo político en el que la solución de compromiso consiste en que cada Estado miembro permita un máximo de tres meses de residencia permanente -en las mismas condiciones que ahora-, dándose un mandato a la Comisión Europea para que estudie en los dos años siguientes a la entrada en vigor de la directiva la posibilidad de extender este derecho a medio año.
Aplicación de la legislación en parejas de hecho
A continuación, los Estados miembros se comprometieron a facilitar la entrada de la familia que acompaña al demandante en la medida de lo posible. Sobre este último punto, se indicó que los familiares serán aquellos que demuestren una "relación duradera que esté debidamente justificada". Esta definición satisface a los países defensores y detractores de las parejas de hecho legalmente acreditadas y el matrimonio entre homosexuales, al permitir a cada Estado miembro aplicar su legislación nacional al respecto. En lo que respecta a los límites que se autorizan, los Quince podrán denegar o poner fin al derecho de residencia por razones de orden público, aunque hayan pasado varios años de residencia legal. Asimismo, las limitaciones se aplicarán igualmente contra los menores.
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