Para Miguel Ángel Sánchez Rodriguez, presidente de la Fundación Triángulo, por la Igualdad Social de Gais y Lesbianas: "Las propuestas presentadas por D. Mariano Rajoy sobre parejas de hecho adolecen de una absoluta falta de credibilidad, de coherencia y de novedad. Se parecen mucho a las presentadas como maniobra distractora por el PP ¡¡¡en 1997!!! y que no salieron porque además de ser practicamente imposibles de llevar a cabo, no son propuestas que el PP realmente quiera aprobar.
Primero Montoro afirma que los costes de dar pensiones a las parejas de hecho son elevados y luego Rajoy ofrece pensiones a cualquiera dos personas que hagan una unión civil aunque no sean pareja. Eso es simplemente imposible. De nuevo no piensan aprobar esto. Por otro lado diluyen las parejas de hecho en una Unión Civil, que no exigirá afectividad, ni relación análoga a la matrimonial, y si eso es así: ¿Por que es incompatible con el matrimonio?, o más aún, ¿porque una Unión Civil ha de ser de dos personas?. Si lo que regulamos son las parejas de hecho en análoga relación de afectividad a la matrimonial, es lógico que tengan que ser dos personas y además no casadas, pero si no es así ¿por qué dos y no casadas?"
Analicemos algunas de las afirmaciones que recogía ayer la prensa (en negrita nuestro comentario):
[i]Una de las cuestiones que se ha analizado es el derecho a pensión que generaría la unión civil que estuviera registrada. El Ministerio de Hacienda ha realizado los cálculos y, según las fuentes consultadas son elevados.[/i]
[b]¿Y cómo han hecho los cálculos? ¿Con los datos de parejas de hecho del INE que aún no ha hecho públicos? ¿Con el número de parejas de hecho registradas en los ayuntamientos? ¿Y han hecho cálculos con los datos del INE de hermanos, familiares y amigos que viven juntos, y lo que costaría concederles esos derechos? [/b]
[i]Sin embargo, y dado que la mayor parte de las sentencias de las parejas de hecho reconoce el derecho a la pensión, se ha optado por contemplar este derecho.[/i]
[b]Sí claro, se ha contemplado este derecho y se ha añadido para los familiares. Vamos que hay montones de sentencias concediendo pensiones a dos hermanos.[/b]
[i]Además, el texto presentado entonces, como la Ley que prevén proponer ahora, no hacía referencia alguna a relaciones de afectividad sino que definía exclusivamente la unión civil como el acuerdo de dos peronas físicas mayores de edad para convivir y prestarse ayuda mutua.[/i]
[b]Y aunque incluya relaciones afectivas, si no se habla de relación análoga a la conyugal, por qué se habla de dos personas y por qué es excluyente del matrimonio? ¿Por qué no un matrimonio y un hermano en contrato de unión civil con alguno de los miembros de la pareja? ¿Por qué no tres hermanos? [/b]
[i]En la exposición de motivos del texto presentado en aquel momento en el Congreso de los Diputados, el Grupo Popular justificó esta definición por el respeto al derecho fundamental de los ciudadanos a la intimidad, pero impedía este tipo de uniones para las personas que estén casadas.[/i]
[b]Si hacer referencia a una 'relación análoga a la conyugal' viola el derecho a la intimidad entonces otras leyes que hagan referencia a la misma relación conyugal también la violan.[/b]
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