La justicia canaria reconoce el derecho de una lesbiana con pareja a la custodia de su hija

El padre de la niña reclamaba el cuidado y alegaba que la situación de su 'ex' no era la ideal para la menor l La Sala afirma que la condición sexual de los padres no tiene por qué afectar a los hijos, «que lo que necesitan es amor, cariño y dedicación» La Justicia canaria considera que el hecho de que una mujer opte por la homosexualidad y conviva de hecho con otra fémina no es, por sí mismo, un motivo legal para que deje de custodiar a su hija menor de edad. La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha confirmado la decisión del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Telde que en mayo de 29003 reconoció el derecho de una lesbiana de aquella localidad a mantener la guarda y custodia de la niña. El fallo ahora confirmado rechazó parcialmente la demanda del padre de la niña, que pretendía que la menor se fuera a vivir con él y argumentaba, en este sentido, que la convivencia con una pareja homosexual no era «la situación ideal de crecimiento y desarrollo de la hija», máxime teniendo en cuenta que el demandante, decía su representación legal, «lleva una vida normal con un trabajo estable, lo que debería llevar a otorgarle a él la guarda y custodia de la hija común». «Esta Sala entiende, en consonancia con los tiempos en los que, afortunadamente, nos está tocando vivir», dice la sentencia, «que la condición sexual de los padres no tiene por qué afectar a la educación y desarrollo personal de los hijos, dado que lo que éstos necesitan es, ante todo, amor, cariño y dedicación». El Tribunal, formado por los magistrados Ángel Montesdeoca Acosta (presidente), Juan José Cobo Plana (ponente) y Manuel Novalvos Pérez expone en el fallo que el mero hecho de que la madre de la menor sea homosexual y conviva con otra mujer «no puede constituir, sin otras circunstancias añadidas, un dato que lleve a la Sala a descartar la posibilidad de que la madre pueda ostentar la guarda y custodia de su hija menor». La Sala apoya su decisión en el informe psicológico sobre la menor. Según éste, la niña, tras varios años conviviendo con su madre y la compañera de ésta, «presenta una situación emocional estable, no apreciándose conflictividad derivada de la separación de los padres». Agrega la pericial que en la actualidad la pequeña mantiene buena relación con ambos progenitores y, destaca, «se siente a gusto viviendo con la madre».

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